Credibilidad del Testimonio

La Psicología y el Derecho son disciplinas que tienen un lenguaje propio y fuentes de conocimiento y finalidades muy disímiles ya que, por una parte, la primera disciplina se centra en el estudio del comportamiento humano mientras que la segunda fija su mirada en cómo regular ciertos comportamientos humanos en base a las reglas que rigen la convivencia humana. Si bien han existido leves conflictos y enfrentamientos entre diversos autores de las disciplinas ya referidas, que se hacen patentes en la década de los años 80, en décadas posteriores producto de diversas publicaciones que asocian características psicológicas con aspectos legales y criminológicos, termina por darse lo que varios autores denominan una relación “obligada” entre ambas disciplinas. Entonces, de este vínculo constante, la Psicología tuvo que afianzar sus conocimientos en el área jurídica, implementando diversas ramas de estudio, destacándose la Psicología Social, rama de la cual se originaría a su vez la Psicología Jurídica, aplicada al ámbito de administración de justicia.
Si trasladamos lo anterior a nuestra realidad y consideramos la implementación de la reforma procesal penal en nuestro país desde el año 2000 en adelante y el cambio cultural que esto produjo en el ámbito que le compete, podemos percatarnos de la relevancia que cobran en el proceso no sólo magistrados y fiscales, sino también las víctimas de los delitos. En este contexto, la pericia es un medio de prueba que puede tener lugar en el proceso judicial, para lo cual son requeridos peritos en diversos ámbitos.
En lo que respecta al ámbito de los delitos sexuales, la evaluación pericial de credibilidad se ha transformado en una prueba relevante para esclarecer los hechos delictuales, ya que generalmente no se cuenta con evidencia material al respecto, considerando además que un porcentaje importante de ellos se asocia a niños/as y/o adolescentes que han sido víctima de estos ilícitos ya sea en su grupo familiar o por algún cercano de la familia. Ahora bien, cuando nos referimos a credibilidad no estamos cuestionando a la víctima en sí misma, sino más bien la probabilidad de que los hechos que relata hayan ocurrido de la forma en que los ha transmitido. Es aquí, entonces, donde el rol del psicólogo/a resulta relevante en el proceso judicial actual, ya que permite colaborar en la toma de decisiones judiciales, convirtiéndose en un elemento de apoyo al respecto.
Cabe señalar que, en el actual sistema procesal penal, cualquier psicólogo/a podría desempeñarse como perito, pues esta categorización ya no es algo que se valide en cuanto a los títulos y meritos que el profesional ostente sino más bien por los conocimientos que tiene sobre su ciencia, ya que su idoneidad será valorada en la instancia de juicio oral. Sin embargo, es responsabilidad del profesional del área mantener actualizados sus conocimientos sobre evaluación de credibilidad del testimonio y perfeccionarse al respecto, ya que la misma instancia evaluativa se convierte en una situación de victimización secundaria para niños/as y adolescentes que visitan los Centros de Diagnóstico Ambulatorio. Pese a esto, el profesional psicólogo no debe involucrarse más allá de lo que su labor le compete, a fin de evitar el desgaste profesional que su labor diaria implica, desgaste que podría interferir no sólo en su estado emocional sino que en su disposición para evaluar a niños/as y adolescentes que han sido víctimas de delitos sexuales, menoscabando la calidad del servicio entregado.